El limbo de la prisión preventiva en América
El limbo de la prisión preventiva en América
Por: RICHARD M. ABORN Y ASHLEY D. CANNON |
Un grupo de reclusos de la cárcel de Cojutepeque, en San Salvador, durante una reunión en el patio del penal.
Foto: AFPEntre el 10 y el 40 por ciento de los presos en el continente no están condenados.
A pesar de que los derechos a la libertad, la seguridad y la igualdad ante la ley son los pilares de los sistemas judiciales de todos los países de América, la prisión preventiva se está utilizando en una tasa entre dos y cinco veces superior al promedio internacional.
Aunque la detención previa a juicio tiene un propósito importante en el proceso judicial, su uso excesivo y arbitrario atrapa a personas inocentes en un limbo legal, forzando la capacidad de las ya superpobladas prisiones y socavando el respeto hacia el sistema de justicia penal.
En la mayoría de los países del continente, entre el 10 y el 40 por ciento de toda la población encarcelada se encuentra tras las rejas sin una condena. La proporción más alta de detenidos en espera de juicio entre la población total de presos la tiene Bolivia (83,6 por ciento), seguida de Paraguay (71,2 por ciento), Haití (67,7 por ciento), Venezuela (66,2 por ciento) y República Dominicana (64,7 por ciento).
En la mayoría de estos países, la ley les exige a las autoridades que presenten al individuo arrestado ante un funcionario judicial entre las 24 y las 72 horas posteriores a su detención. Si el acusado no recibe la libertad provisional bajo palabra o no puede pagar la fianza, es muy posible que pase meses detenido mientras se resuelve su caso.
Resulta devastador que en algunos países (incluyendo a Bolivia, Argentina, Panamá y Paraguay) los informes de las organizaciones de derechos humanos y de los gobiernos reporten que los detenidos pueden pasar largo tiempo presos, esperando incluso a que se presenten cargos en su contra.
En Bolivia, que ocupa el segundo lugar mundial en cuanto a la proporción de detenidos en espera de juicio con respecto a la población penitenciaria total, se calcula que el 75 por ciento de los detenidos sobrepasaron los límites legales de 18 a 36 meses de prisión preventiva.
En Argentina, donde la ley permite la detención preventiva con fines de investigación hasta por dos años, los detenidos pueden esperar de tres a seis años antes de ser juzgados.
Según el Departamento de Estado de EE. UU., las causas de estos incumplimientos en los plazos van desde la corrupción judicial y los escasos y sobrecargados defensores públicos hasta el seguimiento inadecuado de los procesos.
Un daño que se puede evitar
Muchas de las personas que han pasado tiempo detenidas de manera preventiva son finalmente absueltas o puestas en libertad sin ser juzgadas. Otras son declaradas culpables de delitos menores que no conllevan una sentencia en prisión o reciben penas menores que el tiempo que pasaron detenidas.
En EE.UU., por ejemplo, el país con la mayor población carcelaria en detención preventiva del mundo, un 20 por ciento de estos reos son absueltos o sus casos son suspendidos.
La experiencia de la detención puede acarrear daños perdurables para el preso. La pérdida de la libertad y de la seguridad, y el hecho de resultar aislado de la familia y los amigos pueden tener un impacto psicológico duradero.
Además, la exposición a la violencia entre los detenidos, las amenazas de otros presos –e incluso de los guardias– y la violencia directa, que va desde actos de humillación hasta la violencia física o agresión sexual, también traumatizan frecuentemente a los individuos. Se calcula que en EE. UU., por ejemplo, al menos el 13 por ciento de los presos han sido agredidos sexualmente.
La detención preventiva afecta a todos los miembros de la sociedad –los detenidos, sus familias y la comunidad–, lo cual se traduce en una amplia gama de costos personales, sociales y financieros. Irónicamente, también tiene un impacto no deseado sobre factores correlacionados con futuros delitos criminales, como el hecho de darles a los presos la oportunidad de socializar con criminales.
La detención puede causar la pérdida del sueldo o del empleo, lo que acarrea consecuencias secundarias severas para el individuo, su familia y la sociedad en general. La pérdida del ingreso y de la capacidad de mantener a los miembros de la familia o de pagar por la vivienda puede llevar a algunos de los afectados a cometer actividades delictivas.
La prisión preventiva también crea un círculo vicioso: muchos de quienes se encuentran atrapados en ella ya son pobres e incapaces de pagar una fianza, lo que dificulta todavía más su capacidad de obtener la asistencia legal que les ayude a sortear los escollos del sistema judicial. En Bolivia, por ejemplo, se calcula que el 70 por ciento de los detenidos no puede costearse un abogado.
Las investigaciones también indican que la detención preventiva aumenta la probabilidad de que una persona sea condenada y sentenciada a prisión. La explicación está en factores como la incapacidad del acusado para presentarse a sí mismo de una manera favorable, la carencia de asistencia legal, las ineficiencias del sistema y los alegatos de parcialidad o de corrupción.
Por otra parte, los detenidos no tienen la oportunidad de recomendarle al tribunal que deberían permanecer en la comunidad, por ejemplo, recibiendo o manteniendo un empleo, conservando o restableciendo sus lazos familiares, participando en programas de tratamiento y estableciendo un registro de cumplimiento con las condiciones de la puesta en libertad.
Algunas salidas
Reducir las cifras de quienes están en prisión preventiva y el tiempo que pasan en la cárcel esperando un juicio no requiere necesariamente la revisión de las leyes existentes. Puede lograrse mediante ajustes de los procedimientos e instituciones existentes, e invariablemente significa replantearse el enfoque actual del crimen y el castigo en muchos países.
Un primer paso clave es asegurar el acceso a la asistencia legal para todos los acusados, incluyendo informar inmediatamente a los detenidos sobre sus derechos. Las jurisdicciones de países como Inglaterra, Gales, Ucrania, Nigeria y Malaui ahora asignan abogados, asistentes de abogados o estudiantes de derecho a las comisarías y/o a las instalaciones penales para informar a los detenidos acerca de los cargos, las posibles consecuencias y cómo obtener representación legal.
Otras jurisdicciones proporcionan acceso gratuito a un abogado a través de una autoridad de asistencia jurídica, para que el acusado esté representado ante la corte. Los asesores legales también deben tener acceso al detenido, de manera que el acusado pueda ayudar en su propia defensa.
En conclusión, gobiernos y profesionales del derecho pueden tomar medidas para reducir esta pesada carga sobre la sociedad, para hacer la detención más justa, menos dañina y más humana.
Siete claves para enfrentar el problema
1. Investigar
Antes de poner en marcha cambios para paliar el problema de la detención preventiva es clave tener una radiografía completa del sistema carcelario. No hay una receta única para todos los países.
2. Intervención
Hay que aprovechar el tiempo que el detenido pasa en la cárcel a la espera de un juicio para intervenir de manera significativa en su vida y tratar las circunstancias que lo llevaron a prisión.
3. Reinserción
Los planes de reinserción de los presos deberían comenzar desde el momento mismo de la detención y no al final de este periodo ni después de que el individuo quede en libertad.
4. Hacinamiento
La superpoblación exacerba los riesgos inherentes a las cárceles y pone en peligro la seguridad de presos y funcionarios. Es clave, por tanto, ampliar la capacidad de los penales.
5. Consenso
Cualquier reforma debe contar con el consenso de todos los profesionales y organismos que intervienen en el sistema de justicia: funcionarios, investigadores, asociaciones, etc.
6. Experimentar
Quienes decidan emprender reformas para reducir la prisión preventiva deben estar dispuestos a probar diferentes opciones mediante proyectos piloto, y a aprender de otras experiencias.
7. Prevención
La reducción del uso de la prisión preventiva permitiría destinar a la prevención de la delincuencia parte de los fondos que hoy se invierten en mantener las cárceles.
RICHARD M. ABORN
Presidente de la consultora Caas, que trabaja en el desarrollo de estrategias contra el delito.
ASHLEY D. CANNON
Experta en política de justicia penal de la misma organización.
© Americas Quarterly